martes, 4 de febrero de 2025

A121 EL PATRONO NUNCA ES DETENIDO

 

 

 

La Correspondencia de España, 10 de noviembre de 1920 (1)

COMENTANDO

No digo yo que los obreros no merezcan ser detenidos; pero me produce asombro que nunca sea detenido ningún patrono

Desde hace años leo casi a diario que el gobernador de tal o de cual provincia ha mandado detener gubernativamente a tantos o a cuantos obreros a consecuencia de su actitud en las cuestiones sociales y sobre todo en las huelgas. Lo que no he leído nunca es que haya sido detenido gubernativamente ningún patrono. Sobre ese hecho se fundamentará mi comentario de hoy.

Ni soy abogado para defender a los obreros, ni fiscal para acusarlos. Tampoco soy fiscal ni abogado de los patronos. Mi papel es más modesto. ‘Soy un pobre forzado de la pluma que comenta a diario la actualidad, y sin defender ni acusar a nadie se limita a exponer sus ideas, procurando no falsear nunca la realidad y apoyar sus razonamientos en el sentido común.

No creo que los gobernadores sean injustos encarcelando a inocentes; pero el hecho de no encarcelar nunca a patronos parece demostrar que jamás faltan los patronos a las leyes, ni son culpables de los disturbios que en ocasiones produce su actitud de intransigencia. Si tal sucediese, sería preciso reconocer que la clase patronal estaba formada por ángeles; pero desgraciadamente no es así, y los patronos como los obreros son hombres, sujetos como todos a arrebatos de ira, de odio, de apasionamiento, de egoísmo, de rebeldía. Si esto es cierto, y lo es, ¿Cómo no me ha de producir extrañeza el hecho de que las puertas de las cárceles estén siempre abiertas gubernativamente para los obreros y siempre estén cerradas para los patronos?


Está muy extendida la creencia de que donde hay un organizador obrero, hay un anarquista. Tal vez por eso existe el prejuicio en muchas autoridades de que es preciso tratarlos como anarquistas. Y también está muy extendida la creencia de que donde hay una organización patronal hay un organismo gubernamental dispuesto a sacrificar sus egoísmos ante el bien de la colectividad social. Por eso, sin duda, tratan las autoridades a los patronos como a coadyuvantes del Poder público. A los obreros los reciben como si fuesen feroces y sanguinarios nihilistas, y a los patronos como a serafines, llegando el prejuicio a términos tales, que no es raro ver a Comisiones de obreros esperando horas y horas a ser recibidos por las autoridades, mientras que los señores patronos tienen las puertas de los despachos oficiales abiertas de par en par.

Quien esto escribe tiene un compañero inseparable, Leopoldo Romeo, al cual se le quiso hacer creer que, en efecto, eran anarquistas los obreros y serafines los patronos; pero bien pronto se pudo convencer de lo contrario. Durante las negociaciones, entre patronos y obreros panaderos, vio claramente que no eran los, obreros los revolucionarios, sino algunos patronos. Si juramento le pidiesen, juraría que son mil veces más anarquistas demoledores, dignos de estar en la cárcel, varios patronos panaderos obreros que formaban la Comisión de huelga, en los cuales encontró siempre la autoridad mil veces más respeto, lógica y altruismo que en «sus amos”. No hubo ocasión de detener gubernativamente a nadie; pero si el caso hubiese llegado, no habrían ido los obreros a la Cárcel Modelo, pues estaban hartos de razón, sino quienes fomentaban la huelga con sus maquinaciones y con su intransigencia.

La realidad es que tanto entre los patronos cuanto entre los obreros hay elementos díscolos, perturbadores, merecedores de castigo, detener y a los cuales conviene detener gubernativamente en los comienzos de toda agitación social para evitar males mayores. Pero por eso mismo es necesario que las autoridades procedan con absoluta equidad encarcelando a quienes perturben la paz pública sin incurrir en parcialidades que en ocasiones no sirven para otra cosa que para fomentar las rebeldías y exacerbar los odios. El día en que vean los obreros junto a su celda a un patrono encarcelado, comprenderán que la justicia es quien inspira las determinaciones gubernativas y servirá su detención para hacerles comprender que el Estado no tiene preferencias dictadas por la categoría social del detenido. Lo mismo digo de cuanto se refiere al trato en oficinas públicas, pues no hay derecho a tener a los obreros horas y horas esperando, mientras ven entrar en los despachos oficiales a quienes ellos llaman burgueses. Todos son ciudadanos, y tanto derecho tiene a conservar su turno el pobre como el rico. Cuando el obrero ve que es tratado como ciudadano, sin hacerle sufrir vejaciones ni molestias, en ocasiones rayanas en el desprecio, depone casi siempre su actitud levantisca, pues muchas veces obedece a un amor propio justamente excitado.

Será conveniente que mediten acerca de esto las autoridades, y más conveniente aún que comiencen a poner en práctica el consejo, enviando a las cárceles sin contemplaciones de ningún género a los patronos que perturben la paz social, formando parejas con los obreros que incurran en análoga responsabilidad. Ante la ley no debe haber más que una categoría social: la de ciudadano.

JUAN DE ARAGON

 

(1) https://prensahistorica.mcu.es/es/inicio/inicio.do

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