lunes, 3 de febrero de 2025

A102 SUPRESION DE LA FRANQUICIA POSTAL

 

El Telegrama del Rif, 11 de mayo de 1920 (1)

Las quinientas pesetas de los diputados

Cunde el ejemplo del diputado don Leopoldo Romeo con respecto a las quinientas pesetas asignadas a los parlamentarios como compensación por haberse suprimido la franquicia postal de las Cámaras.

Como se sabe, el señor Romeo ha dejado las quinientas pesetas para los pueblos de su distrito.

Igual donación ha hecho el diputado señor Marques de Torrelaguna, conservador.

Dicha cantidad la ha dejado para adquirir material de enseñanza en las escuelas y otras aplicaciones en el distrito de Torrelaguna



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La Correspondencia de España, 17 de mayo de 1920 (1)

LA FRANQUICIA POSTAL

EL EJERCITO DE AFRICA

Al suprimir la franquicia postal se ha incurrido en un lamentable olvido no excluyendo al Ejército de África. Las condiciones en que allí se encuentra el soldado no le permite distraer de su escasísimo haber 20 céntimo para sellos. Harto hará con poder comprar lo más imprescindible para la vida.

Las familias que tienen sus hijos y parientes en África son las que están en más continua zozobra. Cada vez que hay un tiroteo, miles de familias están pendientes de las noticias recibidas de allí, y como las oficiales tardan mucho, solo se tranquilizan al recibir cartas de sus hijos o parientes.

En África no puede a ver abuso, pues solo hay soldados, y no se va a suponer que los moros emplean la franquicia para anunciar sus industrias. Allí usaban la franquicia los soldados y solo los soldados.

Grande o chica, allí hay guerra y el Ejercito está en operaciones. A quien combate por la Patria, lo menos que se le puede gar es el derecho a enviar sus cartas gratis, y como no es posible el abuso, nos atrevemos a pedir al señor ministro de Hacienda o a quien corresponda una disposición de excepción.

Cuando las cosas son justas, no se debe tener miedo a la responsabilidad, y hay, el medio para remediar el daño cometido. Uno de ellos, por ejemplo, podría consistir en hacer una tirada especial de sellos sobrecargados con la palabra África y distribuirlos en los regimientos a razón de ocho sellos mensuales por soldado. Con esa solución no habría daño para nadie, ni siquiera para el Tesoro, pues el soldado no podrá escribir si no tiene franquicia mas que en casos extremos, y en cambio… ¡cuanto bien se haría a millares de seres que esperan impacientes la carta del hijo, del hermano, del novio, del ser querido y ausente!

En nombre de quienes combaten en África sufriendo privacidad sin cuento formulo esa suplica a quien corresponda, y espero que será atendida.

Si los senadores y diputados hemos recibido 500 pesetas mensuales para compensación de la franquicia, no será gollería que quienes están lejos del hogar expuestos a todo género de riesgo combatiendo bajo las banderas gocen de franquicia o reciban al menos una pequeña compensación que les permita comunicarse con sus familias.

Sus Excelencias tienen la palabra

LEOPOLDO ROMEO

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La Correspondencia de España, 14 de junio de 1920 (1)

Buen Ejemplo

La indemnización a los diputados.

El Sr. Romeo.

Zaragoza.14 -Leopoldo Romeo que decidió dedicar su indemnización como diputado a Cortes a comprar material de enseñanza para las escuelas del distrito de Belchite, por orden alfabético, ha enviado la primera mensualidad al pueblo de Aquilon.

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ADMINISTRACION CENTRAL (13 de septiembre de 1921) (1)

MINISTERIO DE HACIENDA

SEÑOR: Las circunstancias especialísimas en que se desarrolla la acción militar en África; el servicio extraordinario y penoso, motivado por la defensa de los interesas patrios, se obliga a realizar a los individuos que  lo forman, y lo conveniente y equitativo que resulta el que puedan disfrutar de comunicación frecuente con sus familiares que de lo contrario no tendrían, son motivos suficientes para que el Gobierno, atento siempre al bienestar del Ejercito, proyecte la concesión de la franquicia postal a sus individuos y clases de tropa en la correspondencia que de África dirigen a la Península y el que se facilite la que de la Península se envíe a África a las mismas personas.

Y creyendo que esa concesión es una cuestión apremiante, de absoluta necesidad y justicia, que no puede aplazarse hasta que las Cortes se reúnan, el Ministerio que suscribe, autorizado por el Consejo de Ministro, tiene el honor de someter a la aprobación de V.M. el siguiente proyecto de Decreto.

Madrid.10 de septiembre de 1921.- SEÑOR: A L.R.P. de V.M..Francisco de A. Cambo y Batlle.

REAL DECRETO

A propuesta del Ministro de Hacienda y de acuerdo con Mi Consejo de Ministros.

Vengo a decretar los siguiente:

Artículo 1º. Se crea una tarjeta postal para los individuos y clases de tropa del Ejercito de África, que circulara franca de porte, sin otra limitación que la de llevar estampado el sello de la unidad a que pertenece el remitente y que se dirija desde un punto cualquiera de África a la Península, Islas Baleares o Canarias.

Artículo 2º. Se crea asimismo una tarjeta postal doble o con respuesta pagada de 15 céntimos de precio, la que solamente podrá utilizarse desde la Península, Baleares o Canarias, y será forzosamente dirigida a individuos del Ejercito en operaciones.

Artículo 3º. Por los Ministerios respectivos se dictarán las disposiciones necesarias, no solamente para el cumplimiento de los dispuesto en los artículos anteriores, si no para garantizar el que los intereses del Tesoro no sufran quebranto, dando a esta concesión mayor alcance del que realmente tiene.

Artículo 4º. De la presente disposición se dará cuenta a las Cortes.

Dado en Palacio a diez de septiembre de mil novecientos veintiunos. -ALFONSO. – El ministro de Hacienda, Francisco de A. Cambo y Batlle (Gaceta del 13 de septiembre de 1921)




(1) https://prensahistorica.mcu.es/es/inicio/inicio.do

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