Galicia nueva, 6 de febrero de
1912 (1)
CONGRESO ruegos y preguntas
El señor Romeo presenta una
proposición de ley por lo que se dé sueldo a los herederos forzosos de los
funcionarios del municipio o de la provincia que fallezcan por accidente del
trabajo.
***
El norte de Galicia 14 de febrero de 1912 (1)
Proposición de Ley
El director de La Correspondencia
de España, don Leopoldo Romeo, ha presentado al Congreso la siguiente
proposición de ley:
Artículo 1.º Los herederos
forzosos de los funcionarios, del Estado, de la Provincia y del Municipio, que
muriesen a consecuencia de heridas o de accidentes producidos en el cumplimiento
de su deber, lo mismo en tiempo de paz que en tiempo de guerra, percibirán, a título
de orfandad o de viudedad, el sueldo íntegro que percibían sus causahabientes,
sin descuento de ningún género, durante el tiempo que la ley de Clases Pasivas
señala con arreglo a las condiciones en la misma establecida.
Art. 2º Para los efectos de esta
ley se supondrá que los soldados, cabos y sargentos perciben como sueldo
mensual 60, 70 y 80 pesetas, respectivamente.
Art. 3. De iguales beneficios gozarán
los herederos forzosos de los funcionarios del Estado, de la Provincia o del Municipio,
que muriesen de enfermedad contagiosa, contraído en el ejercicio de sus funciones:
y
Art. 4.º Las pensiones serán pagadas
con carga a los Presupuestos del Estado, de la Provincia o del Municipio, según
que los funcionarios lo fuesen de una o de otra entidad jurídica.
Palacio
del Congreso, 5 de Febrero de 1912.-L. Romeos.
***
Se le pretende dar la pensión a dos militares fallecidos y por ello Leopoldo Romeo, propone proyectos de ley para que los militares, guardias y funcionarios, sus viudas y huérfanos cobren una pensión , así como aquellas personas (civil) que fallezcan ayudando a un guardia en sus funciones
La Correspondencia de España, 14 de enero de 1920 (2)
COMENTANDO
SOLO NOS ACORDAMOS DE SANTA
BARBARA CUANDO TRUENA
El ministro de la Guerra ha tenido
necesidad de someter a las Cortes un Proyecto de Ley para que no queden en la
miseria las familias del alférez y el sargento asesinados en Zaragoza. Ese
proyecto me parece muy mal, tanto por casuístico, cuanto por mezquino.
Casuístico, por referirse sólo a esas dos víctimas del cumplimiento del deber;
mezquino, por ser una miseria lo concedido a sus familias.
¿Por qué a esos dos militares y no
a todos? ¿Acaso no lo merecen los guardias civiles, los agentes de Seguridad,
los individuos del Cuerpo de Vigilancia muertos en el cumplimiento de su deber?
¿Acaso no podrán merecerlo otros en lo porvenir? ¿Qué sucederá si son
asesinados otros custodios del orden social estando las Cortes cerradas? ¿Va a
ser precisa una Ley para cada caso?
Hace años, presentó en el Congreso
una Proposición de Ley mi inseparable compañero Leopoldo Romeo, pidiendo que
cuantos muriesen en actos del servicio, cumpliendo su deber, militares o
paisanos gozasen de los derechos que se consignaban en ella. No hubo manera de
que fuese discutida. Pasó el tiempo, y el general Echagüe presentó un Proyecto
de Ley para recompensar a las familias de los muertos en campaña. A ese
Proyecto de Ley presentó Leopoldo Romeo una enmienda: pero ni siquiera se le
consintió incorporarla al debate, no sé por qué tiquis miquis parlamentarios.
Luego, tristes realidades han
venido a demostrar que era necesario reformar la legislación; pero nada se ha
hecho.
Es imposible continuar así. Los
custodios del orden social saben que si mueren quedarán sus familias en la más
espantosa miseria. ¿Cómo van a tener la tranquilidad de espíritu necesaria para
afrontar la muerte con despreocupación? ¿Cómo no ha de acudir a su imaginación
el triste cuadro de la familia deshecha, de la miseria adueñándose del hogar?
La vida es la vida, y el heroísmo tiene siempre el freno natural y lógico de la
visión exacta del porvenir.
Cuando todos sepan que el Estado,
representante de la sociedad, será el amparador de la viuda, de los huérfanos,
la tranquilidad ante el porvenir reemplazará al desasosiego, y el cumplimiento
del deber tendrá nuevos estímulos nobles y elevados. No sólo de pan vive el
hombre; pero tampoco se vive solamente con gloria. Un poco de pan junto a otros
de gloria se complementan, y entre la gloria y el pan, robustecen la confianza
en el porvenir y hacen desafiar la muerte con más gallardías y
despreocupaciones. La despreocupación por el porvenir, es el mayor estimulante
del heroísmo.
Leopoldo Romeo está enfermo desde
hace más de un mes con fuertes ataques nefríticos, y los ensayos ha hecho para
normalizar su vida saliendo de casa, le han producido doloroso retroceso. Por
eso no puede presentar a ese Proyecto de Ley las enmiendas que desea. Por mi
conducto ruega a sus colegas de diputación que suyas las hagan, presentándolas
en omento oportuno. A juicio suyo podrían ser algo parecido a las siguientes:
Artículo 1.º Los funcionarios del
Estado, de la Provincia y del Municipio que quedasen inútiles para el servicio
a consecuencia de heridas o accidentes causados en cumplimiento de su deber de
velar por la conservación del orden público continuarán figurando en los
escalafones respectivos como si prestasen activo servicio y recibirán un
ascenso extraordinario.
Artículo 2. ° Las familias de los
mismos individuos muertos en actos de servicio y por las mismas causas
disfrutarán de una paga anual extraordinaria en concepto de luto, y percibirán
a título de viudedad o de orfandad, el sueldo íntegro que percibiría el
causante, correspondiente a la categoría superior a la que tuviese al ser
muerto.
Artículo 3. ° Si algún individuo
no dependiente del Estado, de la Provincia o del Municipio muriese a
consecuencia de heridas recibidas a prestar auxilio a los agentes de la
autoridad que ejecutasen actos de servicio, en defensa del orden público,
percibirá su familia, a título de viudedad u orfandad, una pensión vitalicia de
1.500 a 15.000 pesetas, según su categoría social, equiparándola a las
categorías oficiales por el salario o sueldo que disfrutase en su oficio o
profesión.
Esas enmiendas producirán más
saludable efecto que cuanto sea realizado en forma de suscripciones, de
donativos o de pensiones extraordinarias, por la razón sencilla de que
alcanzarán a todos, y no se dará el caso de que unos reciban gracia mientras
otros sólo olvido lamentable. Con esa Ley, todos los servidores del Estado
sabrían que sus familias quedaban a cubierto de la miseria amparadas por el
Estado, y no habría temor de que el desaliento por porvenir les hiciese
retroceder en su camino, o no afrontar el riesgo con decisión.
La costumbre de no acordarse de
Santa Bárbara más que cuando truena debe desaparecer, por aquello de que
prevenir el peligro equivale a atajarlo.
Lo propuesto es justo, es
equitativo, es humano, es de sentido común. ¡Ya bastará para que sea oído como
quien oye llover! Sin perjuicio, por supuesto, de decir que los custodios del
orden público no hacen lo que debían hacer, y de seguir pidiéndoles que
continúen jugándose la vida por cuatro pesetas de presente y la certeza de una
vida familiar mísera y mendicante en el porvenir.
JUAN DE ARAGON
1) https://biblioteca.galiciana.gal/gl/inicio/inicio.do
(2) https://prensahistorica.mcu.es/es/inicio/inicio.do
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