La Correspondencia de España, 21 de febrero de 1921 (1)
FORMULA ARCAICA
El juramento parlamentario
El artículo 37 del Reglamento del
Congreso exige que los diputados juren o prometan entre otras cosas “guardar y
hacer guardar la Constitución de la Monarquía española”. La palabra guardar hay
que interpretarla en su sentido de defender o de cumplir. Por lo tanto, se jura
o promete cumplir la Constitución y hacerla cumplir o defenderla y hacerla
defender.
Es notario que la Constitución no
ha sido cumplida en cien ocasiones y que ahora mismo no lo es. También es
notario que el diputado no tiene fuerza ni para defenderla ni para hacerla
cumplir. Por añadidura es en cien ocasiones cómplice forzado de que no se
cumpla. ¿Cómo, pues, va a jurar un creyente lo que sabe que no va a poder
realizar, incurriendo en perjurio? Lo mismo digo de “prometer por su honor”.
También es absurdo exigir juramento o promesa de fidelidad al Rey a los republicanos, carlistas y demás antidinásticos, por constituir un atentado a la libertad política.
Hora es ya de que sean desterradas
costumbres arcaicas y absurdas, bastando con que los diputados juren o prometan
desempeñar el cargo con arreglo a los dictados de su conciencia.
Los diputados cristianos tienen un
precepto religioso que les prohíbe jurar en falso, y con arreglo a ese precepto
no debían jurar, puesto que no ignoran que cometen perjurio, toda vez que la Constitución
es a diario incumplida, casi siempre con su complicidad.
Como es imposible ser diputado sin
jurar o prometer por el honor, la formula menos repugnante a la conciencia es
prometer; pero con todo género de reservas mentales. ¿Cómo jurar o prometer por
el honor guardar y hacer guardar la Constitución cuando no la guardan ni los
ministros, ni el Parlamento, ni se les puede obligar a que la guarden? Antes,
cuando era respetada la Constitución, aun podía ser defendida esa fórmula de
juramento; pero ahora, no.
Por todo lo anterior, se puede ser
muy monárquico y muy cristiano y no jurar, limitándose a prometer con todo género
de reservas mentales de acuerdo con la doctrina ortodoxa de los más
esclarecidos tratadistas católicos de filosofía moral, unánimes siempre en
condenar el perjurio, sobre todo en el caso en que se sabe que el cumplimiento
del juramento es en absoluto imposible.
Leopoldo Romeo
No hay comentarios:
Publicar un comentario